Colima, Col., 20 de agosto de 2024.- La titular del Poder Ejecutivo del Estado, envió al Congreso local, una iniciativa con proyecto de decreto, para que se le autorice realizar la exención temporal durante los meses de septiembre y octubre de 2024, en el pago del derecho de inscripción de avisos de otorgamiento de testamento.
La anterior propuesta forma parte de las acciones que está emprendiendo el Gobierno del Estado, en apoyo del Mes del Testamento
De acuerdo a la iniciativa, el descuento sería por el monto de 2.000 unidades de medida y actualización (UMA), contemplado en el artículo 48 fracción VIII de la Ley de Hacienda del Estado de Colima.
En el documento recibido en el Congreso, se indica que la finalidad de esta iniciativa, es incentivar e inculcar a la sociedad colimense la cultura de la previsión con el objeto de que aseguren su patrimonio y la unidad familiar.
Lo anterior puede ser, dice la iniciativa, en parte con el otorgamiento del testamento y para apoyar lo anterior se propone que durante los meses de Septiembre y Octubre de 2024 se exente el pago de los servicios prestados por la Secretaría General de Gobierno, en lo que se refiere a la inscripción de avisos de otorgamiento de testamento, por el monto de 2.000 Unidad de Medida y Actualización (UMA) contemplado en el artículo 48 fracción VIII de la Ley de Hacienda del Estado de Colima.
Añade el documento que a fin de poder llevar a cabo lo anterior, se solicita de la Sexagésima Legislatura, aprobar la exención propuesta, la cual se considera en beneficio de la sociedad colimense y tomando en cuenta que la condonación del pago del derecho contemplado en la Ley de Hacienda del Estado de Colima, solo tiene un carácter temporal o transitorio, por lo cual no contraviene lo dispuesto por el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La propuesta, de ser aprobada exentará de manera temporal durante la vigencia de la Campaña “septiembre Mes del testamento” comprendido en el periodo de 1″ primero de septiembre de 2024 al 31 de Octubre del mismo año, por el pago total del derecho de la inscripción de avisos de otorgamiento de testamento.
Las personas beneficiarias de la exención a que se refiere el párrafo anterior, serán aquellas que otorguen su testamento ante Notario Público del Estado de Colima en el periodo indicado.
La Secretaría General de Gobierno realizará la prestación del servicio de inscripción de aviso de otorgamiento de testamento, sin exigir el comprobante de pago de ese derecho, de aquellos testamentos que se otorgaren durante la vigencia de la campaña “Septiembre Mes del testamento” comprendido en el periodo que se indica en punto
De acuerdo a la iniciativa, todos los avisos de testamento que se presenten para su registro en la Secretaría General de Gobierno que no se encuentren en los supuestos del punto primero deberán de pagar el derecho contemplado en el artículo 48 fracción VIII de la Ley de Hacienda del Estado de Colima.
De aprobarse la iniciativa enviada por la titular del Ejecutivo entrará en vigor a partir del día primero de septiembre de 2024.