Colima, Col., 28 de febrero de 2022.- El Congreso del Estado de Colima, aprobó otorgar estímulos fiscales a favor de los contribuyentes del Municipio de Colima, que tengan rezagos e los ejercicios fiscales 2019, 2020, 2021, para que las contribuciones se cubran por excepción a la autoridad municipal, en los plazos y términos que disponen los artículos siguientes.

Se autoriza el 15 por ciento de bonificación a favor de los contribuyentes que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada durante los meses de febrero y hasta el 31 marzo del 2022, siempre que el monto de dicho impuesto sea mayor a 2 unidades de medida y actualización, en predios urbanos, y 3 unidades de medida y actualización en predios rústicos.

Asimismo se autoriza el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno del impuesto predial, respecto al ejercicio fiscal 2021 y ejercicios fiscales anteriores, a favor de los contribuyentes que paguen el impuesto predial por anualidad adelantada, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, durante la vigencia del presente Decreto.

Por otra parte los legisladores autorizaron la ampliación del plazo para el refrendo de las licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta y consumo de bebidas alcohólicas, respecto del ejercicio fiscal 2022, hasta el 31 de marzo del presente año.

Además se autorizó la ampliación del plazo para el refrendo de las licencias de funcionamiento de giros distintos a los establecimientos o locales cuyos giros sean la venta de bebidas alcohólicas, respecto al ejercicio fiscal 2022, hasta el 31 de marzo de la presente anualidad.

También se autorizó el descuento del 100 por ciento de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno de los derechos por el refrendo de las licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales cuyos giros sean la venta y/o consumo de bebidas alcohólicas, respecto al ejercicio fiscal 2021.

De acuerdo al dictamen que finalmente fue aprobado se indicaba que la anterior medida la presentó el Ayuntamiento de Colima “debido al insoslayable impacto socioeconómico que en el Estado ha generado la emergencia sanitaria producida por la presencia del virus SARS-CoV-2 (Covid-19), -ahora ante la variante Omicrón que ha demostrado un alto grado de propagación-, esta Soberanía mantiene la firme convicción de coadyuvar en la implementación de estrategias fiscales que permitan a los municipios la captación de mayores recursos económicos, para con ellos dar continuidad a la prestación de los servicios públicos a que constitucionalmente están constreñidos”.

Así como facilitar  que cada uno de los ciudadanos tenga la alternativa de cumplir con la obligación de contribuir al gasto público, logrando acceder a estímulos fiscales que no representarán perjuicio a su economía, sino por el contrario, que al actualizar sus obligaciones tributarias lo hagan sin mayor carga financiera como acontece ante el cobro de las multas y los recargos que se generan por la falta de cumplimiento oportuno en el pago de las contribuciones.

Las Comisiones legislativas, aclararon que “con la salvedad de las modificaciones que habrán de abordarse más adelante, estiman procedente las iniciativas que se dictaminan, inclusive, porque ha sido la Tesorería del Ayuntamiento de Colima la que, a través de los oficios identificados con los números 02-TMC-0229/2022 y 02-TMC0230/2022, de fecha 24 de febrero del presente año, ha remitido a estos órganos colegiados deliberantes, los dictámenes favorables respecto de la estimación del impacto presupuestario que conllevaría la implementación de los estímulos fiscales que se proponen”.

De los documentos se infiere que el impacto en las finanzas públicas municipales sería positivo, en virtud de que la hacienda municipal se verá fortalecida al disminuir el monto de su rezago en cartera vencida, tanto en el cobro del impuesto predial, como en el refrendo de las licencias comerciales en general, dado que hasta el momento en el que fueron presentadas las iniciativas que han sido analizadas, se tenía un registro de 226 licencias de establecimientos de bebidas alcohólicas que presentaban adeudos acumulados de los años 2019, 2020 y 2021, mientras que para este ejercicio fiscal 2022, 358 licencias no han sido refrendadas.

No se omite señalar además que en la actualidad son 2 mil 615 los propietarios de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, los que no han obtenido su licencia para este año 2022, lo que representa un 42 por ciento del total del padrón registrado, según datos proporcionados por la Tesorería Municipal.

En consecuencia, resulta imperioso que el descuento del 100 por ciento que se propone respecto de los recargos generados y las multas impuestas por la falta de pago oportuno en el refrendo de las licencias para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros de venta y/o consumo de bebidas alcohólicas, a que hacen referencia los incisos a) y b), del artículo 81 de la Ley de Hacienda para el Municipio de Colima, deban aplicarse solo al ejercicio fiscal 2021, como inmediato anterior, y no a los ejercicios fiscales 2019 y 2020, toda vez que la vigencia de las licencias que expide el Ayuntamiento están condicionadas no solo a la subsistencia de las condiciones y circunstancias que motivaron su expedición, sino también al refrendo o revalidación que se haga de las mismas.