Por Juan Ramón Negrete Jiménez

Colima, Col., 20 de enero de 2021.-El Tribunal Electoral del Estado, revocó la resolución del Instituto Electoral del Estado recaída mediante acuerdo IEE/CG/R010/2020, en el que había determinado la improcedencia del registro del convenio de candidatura común solicitado por los partidos políticos Morena y Nueva Alianza Colima, para postular candidaturas en las elecciones de diputaciones e integración de ayuntamientos de la entidad, en el proceso electoral 2020-2021.

Lo anterior ocurrió este miércoles durante la sesión pública extraordinaria del proceso electoral ordinario local 2020-2021, donde una vez que se presentó el proyecto de resolución definitiva de los recursos de apelación RA-01/2021 y RA-02/2021, promovidos por los partidos MORENA y Nueva Alianza Colima, el Tribunal Electoral ordena al Instituto Electoral del Estado de Colima registrar el convenio de candidatura común en los términos propuestos por los partidos antes señalados, dentro de un plazo de cuatro días naturales, siguientes a la notificación de la presente sentencia.

La resolución dio la razón a los partidos que habían promovido el recurso de apelación por Los lo que controvirtieron la resolución IEEC/CG/R010/2020, aprobada por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, el 24 de diciembre del año 2020, donde los integrantes del consejo general del IEEC habían determinado improcedente la solicitud de registro del convenio de la candidatura común para postular candidaturas en la elección de diputaciones y miembros de los ayuntamientos, presentados por los hoy actores para contender en el proceso electoral local ordinario 2020-2021.

Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado, ordenaron al instituto Electoral del Estado, que en un plazo de cuatro días naturales siguientes a la notificación de la presente sentencia, efectúen el registro de convenio de candidatura común entre MORENA y Nueva Alianza Colima.

En la sentencia aprobada por las magistradas y el magistrado del Tribunal Electoral, ordenaron también que se notifique por oficio al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, adjuntando copia certificada de esta sentencia y por estrados, así como en la página de internet de este órgano jurisdiccional a los demás interesados.

Por otra parte en la misma sesión se sometió a la consideración del pleno el proyecto de resolución de admisión o desechamiento del Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral JDCE01/2021, promovido por el ciudadano Jorge Armando Benítez Martín Del Campo, aspirante a precandidato al cargo de diputado local en el Distrito XII, por el Partido Verde Ecologista De México y el cual controvierte el Acuerdo IEE/CG/A015/2020 y su anexo, aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima, el 20 de noviembre del 2020.

Una vez que se puso a consideración de las magistradas y magistrado del TEE, el proyecto fue desechado.