Colima, Col., 13 de diciembre de 2024.- El Congreso del Estado de Colima, aprobó el proyecto de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025, para en ejercicio fiscal 2025, para el Ayuntamiento de Manzanillo, la cual asciende a mil 610 millones 626 mil 561.27 pesos.
Lo anterior se desprende del dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda, Fiscalización y Chenta Pública, que preside la diputada Hilda Lizete Moreno Ceballos y la Comisión de Desarrollo Municipal que preside la diputada Sofía Peralta Ferro.
De acuerdo con la proyección de los ingresos totales que plantea el Ayuntamiento de Manzanillo, para el próximo ejercicio fiscal 2025, estima obtener una cantidad por el orden de los $1 mil 610 millones 626 mil 561.27 pesos lo que representa un incremento por la cantidad de $71 millones 629 mil 940.27 pesos y una variación nominal del 4.65% en términos reales, esto en comparación con la estimación final que el referido Ayuntamiento llevó a cabo para el año 2024, toda vez que el 28 de febrero de la presente anualidad, el Poder Legislativo aprobó mediante Decreto número 415, la modificación de la Ley de Ingresos del Municipio de Manzanillo, para este ejercicio fiscal 2024.
De acuerdo al contenido del díctame, el Programa de fortalecimiento de la Hacienda Pública Municipal, para 2025, el Municipio de Manzanillo estima obtener de recursos federales, por los rubros de los Ramos 28 y 33 (Participaciones y Aportaciones Federales), un monto de $898 millones 058 mil 815 pesos, equivalente al 55.76% del total del presupuesto de ingresos para dicho municipio, lo que denota una dependencia considerable hacia los recursos del gasto federalizado; de ahí que se reconozca la necesidad de diseñar estrategias que permitan incrementar la recaudación de los ingresos propios (impuestos, derechos, productos y aprovechamientos.
Lo anterior, tal como se aprecia de la iniciativa en cuestión, permitirá al Ayuntamiento de Manzanillo lograr una recaudación para el ejercicio fiscal 2025 por el orden de los $670 millones 982 mil 193.12 pesos,
Por lo que ve a ingresos propios, correspondientes a impuestos, derechos, productos y aprovechamientos, Manzanillo percibirá en el ejercicio fiscal 2025 la cantidad de $1 mil 610 millones 626 mil 561.27 pesos
Por concepto de ingresos provenientes de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos, participaciones federales, aportaciones federales e ingresos convenidos, además de los recursos que vía financiamiento obtenga,
Por fuente de financiamiento, del importe total de ingresos propios, corresponden a ingresos no etiquetados la cantidad de $670 millones 982 mil 193.13 pesos, compuestos por los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos; incentivos de colaboración fiscal la cantidad de $32 millones 293 mil 049.88 pesos y participaciones federales la cantidad de $647 millones 088 mil 019 pesos, en tanto que a los ingresos etiquetados un importe de $250 millones 970 mil 796 pesos, mismos que se integran por las aportaciones federales del Ramo 33, y completando $9 millones 292 mil 503.26 pesos, que se obtendrá de fondo de zona federal marítimo terrestre que serán la base monetaria para el financiamiento del Presupuesto de Egresos para el Municipio de Colima, para el ejercicio 2025.
El dictamen aprobado, destaca que el Ayuntamiento de Manzanillo, podrá recibir ingresos extraordinarios que, con motivo de convenios o acuerdo firmados con dependencias federales, del orden estatal o particulares y adquieran su carácter de etiquetados o de libre disposición según se convenga.
También podrá recibir los ingresos que por concepto de compensaciones cuando por la caída de la recaudación federal participable se vean afectada las participaciones federales, y en consecuencia se active el Fondo de Estabilización de los Ingresos de Entidades Federativas (FEIEF).
-Asimismo se indica que el Municipio podrá contratar Obligaciones a corto plazo, hasta por el 6 por ciento de los Ingresos totales aprobados en la presente Ley de Ingresos, considerando el saldo insoluto total del monto principal de la obligación a corto plazo, con apego al artículo 30 de la Ley de Disciplina Financiera de Entidades Federativas y los Municipios.
Agrega el dictamen, que “lo previsto en párrafos anteriores no será aplicable en el ejercicio fiscal 2025, donde prevalecen los incentivos fiscales otorgados a los adultos mayores, jubilados y pensionados, así como aquellas personas que presenten alguna discapacidad, establecidos en los artículos 19, 88 y 119 de la Ley de Hacienda para el Municipio de Manzanillo, así como en los artículos 25 y 44 del Código Fiscal Municipal del Estado de Colima.
De acuerdo a los transitorios de este dictamen, “a solicitud del Ayuntamiento, la Legislatura Local, aprobará los programas de estímulos fiscales, considerando que los mismo estimulen la recaudación municipal, o bien por razones excepcionales”.
Una vez que se puso a la consideración del pleno, sin ninguna discusión se pasó a la votación, siendo aprobado por la totalidad de las y los diputados presentes en la sesión.