Colima, Col., 13 de julio de 2024.- El pleno de magistrada y magistrados del Tribunal Electoral del Estado, aprobaron por unanimidad confirmar el dictamen aprobado el 13 de junio por el Consejo Municipal Electoral de Coquimatlán del Instituto Electoral del Estado, relativo a la verificación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las candidaturas a munícipes correspondiente al municipio de Coquimatlán para el proceso electoral local 2023-2024 y confirmó la expedición de la constancia de mayoría y validez a la planilla ganadora postulada por la Coalición “Fuerza y Corazón por Colima”, conformada por los partidos PAN y PRI.
Lo anterior ocurrió este sábado al resolverse el juicio de inconformidad JI-20/2024, interpuesto por el Partido Verde Ecologista de México, por conducto de Jorge Armando Venegas Beltrán, comisionado propietario del PVEM ante el Consejo Municipal Electoral de Coquimatlán, para controvertir el dictamen mediante el cual se aprobaron los requisitos de elegibilidad de las candidaturas a munícipes del municipio de Coquimatlán, y por consiguiente la expedición de la Constancia de Mayoría Relativa y Validez al candidato electo al cargo de presidente municipal del aquél Ayuntamiento, postulado por la coalición integrada por los partidos PAN y PRI, argumentando que no cumplía los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, la Ley del Municipio Libre y el Código Electoral del Estado.


De acuerdo a lo plasmado por el magistrado ponente Elías Sánchez Aguayo, al entrar al fondo del asunto, respecto a la pretensión del partido Verde, de que el Tribunal Electoral revoque el dictamen aprobado por el Consejo Municipal Electoral de Coquimatlán, del 13 de junio, señalé que:
En lo relativo a que se estaban incumpliendo los requisitos de elegibilidad por parte de la candidatura ganadora, “dado que se encuentran suspendidos sus derechos políticos electorales, al estar sujeto a un proceso criminal por delito que merece pena corporal y existir una orden de aprehensión en su contra”.
De ahí que se afirme que el candidato denunciado es inelegible para ocupar el cargo de Presidente Municipal de Coquimatlán, el Tribunal Electoral del Estado, declaró que los agravios son infundados.
Para robustecer lo anterior el magistrado ponente Elías Sánchez Aguayo, dijo que, de acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que “los derechos o prerrogativas reconocidos en la misma a favor del ciudadano. No deben traducirse como un catálogo rígido, invariable y limitativo de los derechos que deban interpretarse de forma restringida, ya que solo desvirtuaría la esencia misma de los derechos fundamentales”.


Asimismo, en el proyecto de sentencia, alude el ponente al principio de pro persona, contenido en el artículo 1º, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que determina que cuando se aluda a la interpretación de las normas de derechos humanos, deberá imperar la protección más amplia a las personas, aún si existiese contradicción entre lo dispuesto por la Carta Magna y un tratado internacional o ley federal.
En la sentencia, se plasma que en este asunto existe la presunción de inocencia, reconocido en el artículo 20, Apartado B, de la Constitución Federal.
Señala el ponente que, si bien existe una investigación penal en la Fiscalía General del Estado y existe un mandamiento judicial en contra, incluida una orden de aprehensión, “la denuncia se encuentra en etapa de investigación, por lo que es evidente que, al no haberse dictado la formal prisión, tampoco ha sido condenado por sentencia ejecutoriada en el proceso judicial.
En consecuencia, se concluye que “aun cuando se haya girado la orden de aprehensión por su presunta responsabilidad en la comisión de algún ilícito de mérito, no ha sido condenado de manera definitiva, lo cual es condición sine qua non, para ser suspendido de sus derechos a votar y ser votado”.
Destaca el magistrado ponente que se debe anteponer el principio de presunción de inocencia, por lo que se resolvió confirmar el dictamen aprobado el 13 de junio por el Consejo Municipal Electoral de Coquimatlán, relativo a la verificación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad de las candidaturas a munícipes, correspondiente al Municipio de Coquimatlán.
Asimismo, quedó firme la expedición de la Constancia de Mayoría Relativa y Validez a la planilla ganadora postulada por la coalición “Fuerza y Corazón por Colima”, integrada por los partidos PAN y PR