olima, Col., 27 de mayo de 2024.- La Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, confirmó por unanimidad la sentencia aprobada por el Tribunal Electoral del Estado, que retiró la candidatura a diputado local plurinominal en la segunda posición a Benjamín Alamillo González.

Lo anterior ocurrió durante la sesión pública urgente, celebrada este domingo 26 de mayo, donde se resolvieron  los Juicios de Revisión Constitucional, radicados en los expedientes ST-JRC-65/2024, presentado por el partido                Movimiento Ciudadano y acumulado ST-JRC-67/2024, presentado por el Partido Acción Nacional, para controvertir la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Colima, que ordenó retirar la candidatura como candidato a diputado local plurinominal a Benjamín Alamillo González, y a la aspirante postulada en la novena posición, registrados en la lista del partido Movimiento Ciudadano.

El pleno de magistrados desestimó la pretensión de Movimiento Ciudadano, que pretendía se declara inconstitucional el retiro de la candidatura de Benjamín Alamillo.

Al respecto la y los magistrados confirmaron la sentencia del TEE, señalando que “sobre la residencia efectiva de diversos candidatos, se confirma el incumplimiento del requisito de elegibilidad”

Tampoco fue atendible lo señalado por Movimiento Ciudadano respecto a la propuesta de registro a la novena posición en la lista de candidatas y candidatos plurinominales, que fue retirada por el Tribunal Electoral del Estado, “porque dicha solicitud de registro se presentó fuera del plazo”..

Confirma sentencia respecto a candidatura de Margarita Moreno

Durante la misma sesión se trató el Juicio de Revisión Constitucional, radicado en el expediente ST-JRC-66/2024, presentado por el partido político MORENA, en contra de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Colima.

La y los magistrados de la Sala Regional Toluca, desecharon de plano la demanda en contra de la resolución de los recursos 4, 5 y 6, acumulados, emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima.

En la resolución aprobada por la Sala Regional Toluca, se indica que MORENA pretendía que se revocara la decisión tomada por el Consejo General del IEEC, y en consecuencia que se conozca el fondo del asunto y que la autoridad responsable desechó la solicitud de MORENA por considerar que no tenía interés jurídico.

En la propuesta de resolución aprobada se advierte que fue correcta la decisión dentro de la demanda y que dio origen al Recurso de Apelación RA-30/2024, “esto es así porque se considera que la parte actora ya había agotado su derecho a promover el recurso de apelación en contra de la candidatura de Margarita Moreno González, postulada por Movimiento Ciudadano y por ello se confirma la sentencia impugnada”.