Por Juan Ramón Negrete Jiménez

Colima, Col., 1 de septiembre de 2021.- La Sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación, resolvió un recurso de impugnación promovido por el partido político MORENA, mediante el cual controvirtió una resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Colima, el pasado 18 de agosto.

El Tribunal Electoral del Estado, había resuelto no admitir un juicio de inconformidad promovido por MORENA donde pretendía concurrir como tercero interesado, en el juicio interpuesto por la Coalición “Va por Colima”, donde impugnó los resultados de la elección municipal de Manzanillo.

El TEE en había resuelto no admitir el recurso de MORENA, porque no se reconocía la personería de quien había interpuesto el recurso, pues señalaba que el nombramiento se lo había expedido una persona no facultada para ello.

Ante eso la Sala Regional Toluca le concedió la razón al actor, pues menciona que el Tribunal Electoral debió allegarse de más constancias para determinar si la personería estaba debidamente acreditada y no solo analizar el oficio acompañado para tal fin.

Señalaron los magistrados de la Sala Regional, que debió apercibirse al compareciente para que en un plazo de 24 horas subsanara las omisiones.

“Además la responsable debió allegarse otros documentos, como pudo ser el informe circunstanciado de parte del Consejo Municipal, que es el responsable del acta del cómputo municipal de la elección controvertida”.

Ante eso los magistrados de la Sala Regional Toluca determinaron revocar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Colima que tuvo por no interpuesto el escrito de comparecencia del tercero interesado por falta de personería, porque de las constancias aportadas por el actor se advierte que dicho requisito se encontraba colmado.